“El CBA no es un espacio para abandonar animales”: Unidad de Protección Animal

“El CBA no es un espacio para abandonar animales”: Unidad de Protección Animal

Tommy se recupera de una lesión en su piel. Las personas interesadas en adoptarlo pueden dirigirse al Centro de Bienestar Animal de Cali o escribir a la línea Whatsapp 318 275 01 01.


El abandono de un perrito criollo, que quedó registrado en cámaras de vigilancia, encendió las alarmas de la Unidad Administrativa Especial de Protección Animal-Uaepa, desde donde se hace un llamado a los ciudadanos para que eviten incurrir en estos actos de crueldad.

“Una persona vino al Centro de Bienestar Animal-CBA en un taxi, solicitó una consulta, se le dio de manera gratuita; durante la consulta y en múltiples ocasiones manifestó que se tenía que salir un momento, pero esto no se le permitió. Y cuando salió del centro con el animal, lo abandonó a la mitad de la calle”, contó Liliana Sierra, directora de la Uaepa.

El canino, de aproximadamente ocho meses de edad e identificado como Tommy, fue recogido por personal del CBA y ahora se recupera de una lesión en la piel, para posteriormente ser entregado en adopción.

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“Tommy es un perrito joven, muy bello, ha estado muy triste estos días y queremos que alguien le brinde una segunda oportunidad y lo adopte”, manifestó Sierra.

La funcionaria recordó la importancia de la tenencia responsable de animales de compañía y los deberes que tienen los propietarios o tenedores.

“El Centro de Bienestar Animal no es un espacio para que las personas irresponsables vengan a abandonar sus animales y se deshagan de esas responsabilidades que tienen. La ley les exige que le entreguen a sus animales los cuidados mínimos, atención veterinaria y que se hagan cargo de ellos por el resto de sus vidas”, precisó.

Sobre la mujer que abandonó a Tommy y se registró con datos falsos en el CBA, la Directora de Protección Animal indicó: “esta persona será sancionada por la inspectora de policía especializada en maltrato animal y, en este momento, las autoridades se encuentran buscándola”.

A través de la Ley 1774 de 2016, se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial.

En ese marco, los actos dañinos y de crueldad contra los animales pueden ser sancionados con multas de cinco a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Pero cuando se trata de muerte o lesiones de gravedad contra esos seres sintientes, se puede incurrir en penas de prisión de 12 a 36 meses.

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Liliana Sierra - Directora de la Uaepa


 

Ingrid Valderruten Peña 
Fotos: Arturo López Tunubalá


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Fecha de publicación 31/05/2023
Última modificación 31/05/2023
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