Usted puede ejercer su derecho a pedir cuentas

Usted puede ejercer su derecho a pedir cuentas


La petición de cuentas es el derecho que tiene todo ciudadano de solicitar información y explicación acerca del resultado de la gestión de las entidades públicas.

Con la petición de cuentas se logra:

  • Integrar a la ciudadanía con la gestión pública.
  • Mayor participación ciudadana.
  • Aumentar el sentido de pertenencia por el territorio.
  • Mejorar y corregir acciones para alcanzar resultados efectivos.
  • Promover el control social y la veeduría ciudadana.
  • Que las entidades públicas rindan cuentas sobre su gestión.

Todo ciudadano puede solicitar la petición de cuentas a través de nuestros canales virtuales o presenciales, descritos en: Canales de Atención al Ciudadano

Cabe indicar que, la petición de cuentas está respaldada por la Constitución Política de 1991 y leyes colombianas.

La Constitución, en los principios y derechos constitucionales, indica que los colombianos tienen derechos a la participación (artículos 2, 3 y 103); a la información (artículos 20, 23 y 74), a la participación en el control del poder político (artículo 40), así como del derecho a vigilar la gestión pública (artículo 270).

Con fundamento en lo anterior,  existe un marco normativo que se ha desarrollado, en varios sectores, sobre la obligación del Estado a rendir cuentas.

A continuación, se presentan las normas generales que rigen los derechos de la ciudadanía y la responsabilidad de las autoridades públicas:

También puede consultar el Manual Único de Rendición de Cuentas del Departamento Administrativo de la Función Pública.

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Eliza Muñoz Garzón.


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Fecha de publicación 08/06/2023
Última modificación 08/06/2023
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