Juntas Administradoras Locales de Cali


foto 1

 

Orígen

La Constitución Política de Colombia en el artículo 318, da origen a las Juntas Administradora Locales, cuando expresa: “Con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local, los Concejos podrán dividir sus municipios en comunas cuando se trate de áreas urbanas, y en corregimientos en el caso de las zonas rurales. En cada una de las comunas o corregimientos habrá una Junta Administradora Local de elección popular, integrada por el número de miembros que determine la ley”.

Y continúa: “tendrá las siguientes funciones:

1. Participar en la elaboración de los planes y programas municipales de desarrollo económico y social y de obras públicas.

2. Vigilar y controlar la prestación de los servicios municipales en su comuna o corregimiento y las inversiones que se realicen con recursos públicos.

3. Formular propuestas de inversión ante las autoridades nacionales, departamentales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión.

4. Distribuir las partidas globales que les asigne el presupuesto municipal.

5. Ejercer las funciones que les deleguen el concejo y otras autoridades locales. Las Asambleas departamentales podrán organizar Juntas Administradoras para el cumplimiento de las funciones que les señale el acto de su creación en el territorio que este mismo determine.

A nivel municipal, los Acuerdos 01 de 1989, 22 de 1988 y el 04 de 1989 instauran las primeras elecciones de las Juntas Administradoras Locales en Santiago de Cali.

 

¿Qué es un edil?

  • Es un servidor público elegido mediante el voto popular, miembro de una Junta Administradora Local (JAL).
  • Tiene un periodo constitucional de cuatro años dentro de la JAL
  • Ejerce control político en el marco de su jurisdicción territorial y sus competencias
  • Presenta proyectos de acuerdo local en pro de sus comunidades.

A la luz de la ley y la Constitución Política de Colombia existen ediles de comunas y ediles de localidades. Se diferencian en que los primeros hacen parte del mapa político de los municipios y los segundos hacen parte de los Distritos.

 

Marco constitucional, atribuciones

Ejercer las funciones que les deleguen el Concejo y otras autoridades locales. Las Asambleas departamentales podrán organizar Juntas Administradoras para el cumplimiento de las funciones que les señale el acto de su creación en el territorio que este mismo determine.

Formular propuestas de inversión ante las autoridades nacionales, departamentales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión.

Vigilar y controlar la prestación de los servicios municipales en su comuna o corregimiento y las inversiones que se realicen con recursos públicos.

Participar en la elaboración de los planes y programas municipales de desarrollo económico y social y de obras públicas.

 

foto 2

Funciones legales relevantes

Ley 136 de 1994, artículo 13:

  • Presentar proyectos de acuerdo
  • Recomendar impuestos contribuciones
  • Fomentar la creación microempresas, famiempresas
  • Empresas comunitarias Bancos de tierras
  • Escoger la terna para corregidores
  • Ejercer, respecto de funcionarios de libre nombramiento y remoción que ejerzan funciones desconcentradas, en la respectiva comuna o corregimiento, los derechos de postulación y veto, conforme con la reglamentación que expida el Concejo local.
  • Presentar planes y proyectos de inversión social relativos a su jurisdicción.
  • Concepto sobre conveniencia de partidas presupuestales
  • Presentar pronunciamiento no vinculante

 

Honorarios de los ediles

Ley 2086 de 2021,art. 2:  los municipios podrán establecer el pago de los honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales (JAL).

• Municipios cuya población sea superior a cien mil (100.000) habitantes, los alcaldes garantizarán la seguridad social en salud y riesgos laborales de los ediles

• La fuente de ingresos de la cual se genera la financiación de los honorarios debe ser de los ingresos corrientes de libre destinación del distrito o municipio.

 

Desde el año 2022, la Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana paga honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales de Santiago de Cali, en cumplimiento de su misionalidad como encargada de liderar, fomentar, fortalecer los procesos de cultura democrática, participación ciudadana, movilización de nuevos liderazgos y apoyo a los procesos asociativos.

Igualmente, da cumplimiento al Acuerdo 0504 de 2021 “Por el cual se establece el pago de honorarios a los miembros de las juntas administradoras locales en el distrito especial de Santiago de Cali” y a lo dispuesto en el Decreto. 4112.010.20.1057 diciembre 30 de 2021, artículo 10, parágrafo único que señala: “La Secretaria de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana es la responsable de verificar la información suministrada por la Junta Administradora Local y remitir la misma al Departamento Administrativo de Hacienda, para que se adelante el pago de los honorarios respectivos”.  

 

foto 3

 

Ediles de Santiago de Cali 2024-2027

Comuna 1.

Fernando Medina Bustamante

Rafaela Gurrute De Guerrero

Henry García Cortes

Arturo Torres Atalivar

Lilia Antuaned Cuasquer Revelo

Alexander Osorio Franco

Julián Plazas Gómez

Karol Valeria Taborda Acuña


Comuna 2.

Adriana Eugenia Reyes Aparicio

Felipe Ángel Primo Villalobos

Martha Lucia Peña Ardila

Mauricio Pineda De Lemos

Jorge Andrés Londoño Barreto

Francisco Bueno Restrepo

Juan Antonio Escobar Gómez

María Judith Sierra Sierra

Absalón Meneses Benavides

 

Comuna 3.

Juan Fernando Villegas Espada

Paul Stewart Almeida Cortes

Juan Carlos Arias

Miguel Ángel Homen Urbano

Yamileth Gutiérrez Torres

Humberto Eduardo Scafidi Flores

Stephania Benavides Yarpaz

 

Comuna 4.

Navarro Varela Amparo de Jesús

Stella Molina Almeida

Washington Vallecilla Castro

Muñoz García Johan Andrés

Calderón González Luis Fabio

Miguel Ángel Montenegro Calambas

 

Comuna 5.

Miguel Ángel Suarez Toro

Rincón Álvarez María Elena

Carlos Enrique Sánchez

Potes Añasco Ana Isabella

Correa Plazas Robert

María Teresa Mueses Pinto

Mejía Palma Katherine

Espitia José Germele

Rodolfo Grueso Holguín

 

Comuna 6.

John Anderson Home Londoño

Quintero Mosquera Héctor Fabio

Luz Dary Sosa Vargas

Romero Caliz Juan Felipe

Cruz Ortega Henry Alejandro

Rosalba Riascos Erazo

González Quiceno Isabela

Rosas Quiñones Helder

 

Comuna 7.

 Hinestroza Gutiérrez Luis Enrique

Diaz Tobón Jorge Eduardo

Lara Satizabal Doris Nelsy

María Fernanda Valencia Soto

Pérez León Luz Mary

Zorrilla López Oscar Marino

Martínez Idrobo Leydi Tatiana

Ramiro Borrero Aramburo

 

Comuna 8.

Montoya Muñoz Sonia

Elmer Fernando Bonilla Ramírez

García Alvis Karen Isabela

José Ignacio Moreno Orejuela

Rodríguez Urueña Luis Eduardo

González Rodríguez Vivian Lizeth

Luis Fernando Ceballos Hoyos

Adolfo León González Mosquera

Javier Andrés Montero Zuluaga

 

Comuna 9.

Carlos Alberto Vidal Realpe

María Isabel Martínez Martínez

Paola Yiovanna Jordán Rugeles

Mónica Ramírez Álvarez

Denis Beatriz Valencia

Bedoya Cuellar Lucia

Marcos Pérez Mera

Delia María Escobar Bonilla

 

Comuna 10.

Valencia Chara Juan Gabriel

Pilimur Sandoval Margoth

Sandoval Reinel Carlos Humberto

Ernesto Cuervo Cortes

Evelyn Valentina Pazmiño Rojas

Jaime Montoya

Sánchez Chacón Nancy Beatriz

Luz Nancy Castillo Quijano

Rosa Elena Rengifo González

 

Comuna 11.

Angulo Calle Aldemar

Beltrán Mejía Brayan Fernando

Ortiz Orejuela Carlos Julio

Margarita María Bejarano García

Tegue Lucumi Adán

Quintana García Jair Alberto

Nancy Velásquez Orozco

Palomino Vásquez Lucy Esperanza

 

Comuna 12.

Katherine Loaiza Burbano

Soraya Escobar Marín

Rodrigo Maya Londoño

Suarez Gutiérrez Geisha Arcelia

Isabel Cristina Ramos Lourido

Ilia Hortensia López Rodríguez

Muñoz Cárdenas Antonio

William Ramírez Cruz

Talaga Muelas José Raúl

 

Comuna 13.

Catacoly Valencia Libia

Collazos Solorzano Freddy Eduardo

Jovel Salas Miryan

Guerrero Oliveros Nidia Concepción

William Agredo Guampe

Javier Valderrama Zúñiga

Mina Tenorio Carmen Sofia

Wilber Ocoro Canchimbo

Salazar Caicedo Diana Patricia

 

Comuna 14.

Melquisedec Rueda Castellanos

Irma Álvarez

José Alexander Mejía Franco

Víctor Alfonso Villareal Rodríguez

Felisa Gómez Moreno

María Doria Jaramillo Valencia

Yuli Andrea Lucumí Lucumí

Luis Gustavo Cortes Angulo

Pedro Daniel Landázuri Moreno.

 

Comuna 15.

Rodríguez Leidy Maritza

Carolina Lasso Córdoba

Víctor Mario Rentería Martínez

Abadía Castro Liliana Patricia

Dilson Torres García

Bladimir Felipe Pomar Morales

Julio Cesar Pulido García

Cuero Caicedo María Natacha

Murillo Marmolejo Juan Evangelista

 

Comuna 16.

Gloria Rojas

Barona Nañez Geovanny

José Fredy Sandoval Tobar

María Elina Rodríguez Viuda De Guerrero

Fuentes Silva Luz Enid

Hurtado Micolta Josué

Soto Ramírez Julio Cesar

Tobón Gómez Lucero

 

Comuna 17.

Parra Escarria Anthony

Mendoza García Juliana Alejandra

María Claudia Hernández Torres

Serrano Tello Juan Manuel

Salgado Mazuera Neyla Mary

González Torres Miguel Santiago

Samuel Rincón Betancourt

Estupiñán Diaz Angie Del Carmen

López Jiménez Diana

 

Comuna 18.

López Tapiero Carlos Alfredo

Salazar Quintana Wilmer Alexander

Jhon Anderson Domínguez Perafán

Manuel Alejandro Pazos Arcila

Casanova Castillo Luz Elvira

Agudelo Cardozo Luis Carlos

Sandra Vallejo Ramírez

 

Comuna 19.

Carlos Eduardo Ortiz González

Bequer Bahuer Indico

Ángel Salazar Víctor Manuel

Mora Perdomo Julián Andrés

Escobar Bolaños Jesús Gerardo

Zúñiga Saa Jorge Humberto

Lida Alban Espinosa

León Cárdenas Diana Marcela

 

Comuna 20.

Bernal Arciniegas Luis Eduardo

Chambo Alvarado Hernando Alirio

Barbosa Ortiz Oscar Emilio

Paola Andrea Burbano

Guzmán García German Alberto

Muñoz Campo Paola Andrea

 

Comuna 21.

Perea Plazas Cristhian Stivens

Jiménez Narváez Nayibe

Nohemy Chavaco Itaz

Bolívar Capote Yonathan

Cristiano Valcárcel María Placida

Cuestas Fory Martha Lucia

Guevara Chito Víctor Herney

 

Comuna 22.

Vidal González Mario Iván

Gañan Murillo María Del Pilar

Valbuena Lombana Juan Pablo

Trejos Sierra Carolina

Sierra Correal Amalia

Caicedo Ramos Juan Pablo

Porras Gutiérrez Gerardo

Ceballos Lindo Gloria

Caicedo Hidalgo Santiago

 

Corregimientos

Montebello.

Alba Luisa Tobar Benavides

Luis Alfonso Álvarez Pérez

Flor Idelma Cardona

Miguel Ángel Muñoz Collazos

María Liliana Gonzales Mora

Gloria Cecilia Restrepo Agudelo

Rubio Lasso Ojeda Older

Berenice Álvarez Baos

María Eneida Cortes Sevillano

 

El Saladito

Luz Consuelo Ruiz Paz

Darío Ramírez Moncada

Elizabeth Braco Ibarra

Jorge Hernando Basante Urbano

Javier Vallejo Arévalo

Fanny del Socorro Díaz

José Fiuller Burbano Pineda

Lyda Mercedes Ruiz Pipicano

Ana Beleny Ortega Hoyos

 

Navarro

Castañeda Quiñones Soledad

Miranda Gutiérrez Cleotilde

Caicedo Doly

German Martínez Cuellar

María Libia Muñoz Martínez

Hurtado Blandón Carlos Alberto

Tenorio Escobar José Luis

Hurtado Cundumi María Targelia

Luz Adriana Rodríguez Fernández

 

El Hormiguero.

Eider Hurtado Molina

Morales De Fernández Judith Del Pilar

Charria Girón Samuel

María Eugenia Zorrilla Sanguinetti 

Aragón Alexandra

Mosquera Vergara Rosalía

 

Pance

Villa Ospina Barlaham

Escobar Naranjo Silvio

Guzmán Rocha Francia Marbey

Vicente Olave Diaz

Halaby Mafla Fernando Samir

Velasco Tafur Ximena Fernanda

 Alirio Silva López

 

La Buitrera

Moreno Rosa Elena

Trejo Delgado María Dolores

Ana Del Pilar Rojas Correa

Ingrid Paola Gallegos Ramos

Oscar Rodríguez López

José Arnaldo Rodríguez Palma

Franco Marín María Fernanda

Poveda Ortegón Carlos Manuel

Moncada Murillo Millerladiz

 

Villacarmelo.

Fernández Calambas Liliana

Chica Torres Andrés Felipe

Escobar Patiño Geovanny

Hidalgo Tezna Yinson Milton

María Eugenia Ojeda Cabrera

María Fernanda Caicedo Valles

Patiño Patiño María Omaira

Jeannette Del Carmen Sánchez Arenas

 

Los Andes.

Cadena Meneses Angie Vanessa

Quiñonez Córdoba Eduar Alonso

López Tombe Lyda

Astaiza Loaiza Laura

Chimachana Benavides Harold

Montes Zambrano Edgar Edmundo

Claudia Emilia Ríos Uribe

Ricardo Narváez Hernández

 

Pichinde.

Hurtado Tenorio María Helena

Mauricio Lozano Vargas

Mosquera Fernando

Rodríguez Muñoz Jorge Luis

Bolaños Carlosama Eimar Andrés

Gaviria Cerón Francisco Antonio

Lozano Escamilla Patricia

Uriel Francisco Gómez Vivas

Miguel Ángel Fonseca Rodríguez

 

La Leonera.

Plaza Gaviria Ruby Zobeida

Campos Vega María Del Rosario

Gómez Muñoz Dora Lilia

Muñoz Arcos John Jairo

Félix Páez Rodríguez

Edgar Armando Ñañez Gómez

Judith Andrea Martínez Hernández

Arbey Benavides Argote

Jhony Wilson Pérez Yepes.

 

Felidia.

Ronald Alexander Paz Sánchez

Maritza Jaramillo Arévalo

Miguel Jesús Ortega Martínez

Roció Sánchez Jiménez

Alfonso Benavides

Jorge Andrés Sandoval Chicaiza

Montes Beltrán Leonardo

Flórez Paramo Jessica Tatiana

Sánchez Gómez William Andrés

 

La Elvira.

Ruiz Girón Luis Alonso

Galíndez Diego

Ruiz Muños Neida

Guacheta León Guillermo

Gómez Jurado Carlos Eduardo

Mellizo Hoyos Jeferson

Ortiz Melo Holman Andrés

Hoyos Escobar Fernely

Ana Milena González Perafan

 

La Castilla.

Solarte Ramírez Hugo Manuel

Gómez Ruiz Graciela

Gómez Calderón Verónica

Gómez Rojas Jairo

John Freddy Balcázar Jaramillo

Neftalí Fernández Gómez

Diana Carolina Ramírez Ricaute

María Julieth Salamanca Chantre

 

La Paz

Libardo Montaño Salamanca

Gilder Alindez Hoyos

Martin Rengifo Villamil

Ayda Rengifo Campo

Eder Fernando Arias González

María Mirian Ceballos Jiménez

María Fernanda Ramírez Guampe

 

Golondrinas.

Henry Morales

Jairo Javier Tapia

María Rosalba Arias Cañas

Jesús Arles Saavedra Yalanda

Jhonatan Vélez Manso

Guillermo Montenegro

Diose Gutiérrez Gutiérrez

José Orlando Valencia Jurado

Dulfery Gordillo Quintero

 

foto 4

 

Normatividad asociada

A continuación se presentan las normativas relacionadas con la administración municipal, JAL, participación ciudadana, entre otros, soporte de estas instancias de participación ciudadana:

  1. Ley 2086 de 2021. Por la cual se autoriza el reconocimiento de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales.

 

  1. Ley 1757 de 2015. Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática.

 

  1. Ley 1551 de 2012. Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.

 

  1. Ley 136 de 1994.  Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios (Artículos 119 y siguientes).

 

  1. Ley 11 de 1986.  Por la cual se dicta el Estatuto Básico de la Administración Municipal y se ordena la participación de la comunidad en el manejo de los asuntos locales.

Número de visitas a esta página 6747
Fecha de publicación 13/08/2019
Última modificación 22/11/2024
Entorno de pruebas

Versión 7.0.1

Powered by Nexura