Juntas Administradoras Locales de Cali

Orígen
La Constitución Política de Colombia en el artículo 318, da origen a las Juntas Administradora Locales, cuando expresa: “Con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local, los Concejos podrán dividir sus municipios en comunas cuando se trate de áreas urbanas, y en corregimientos en el caso de las zonas rurales. En cada una de las comunas o corregimientos habrá una Junta Administradora Local de elección popular, integrada por el número de miembros que determine la ley”.
Y continúa: “tendrá las siguientes funciones:
1. Participar en la elaboración de los planes y programas municipales de desarrollo económico y social y de obras públicas.
2. Vigilar y controlar la prestación de los servicios municipales en su comuna o corregimiento y las inversiones que se realicen con recursos públicos.
3. Formular propuestas de inversión ante las autoridades nacionales, departamentales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión.
4. Distribuir las partidas globales que les asigne el presupuesto municipal.
5. Ejercer las funciones que les deleguen el concejo y otras autoridades locales. Las Asambleas departamentales podrán organizar Juntas Administradoras para el cumplimiento de las funciones que les señale el acto de su creación en el territorio que este mismo determine.
A nivel municipal, los Acuerdos 01 de 1989, 22 de 1988 y el 04 de 1989 instauran las primeras elecciones de las Juntas Administradoras Locales en Santiago de Cali.
¿Qué es un edil?
- Es un servidor público elegido mediante el voto popular, miembro de una Junta Administradora Local (JAL).
- Tiene un periodo constitucional de cuatro años dentro de la JAL
- Ejerce control político en el marco de su jurisdicción territorial y sus competencias
- Presenta proyectos de acuerdo local en pro de sus comunidades.
A la luz de la ley y la Constitución Política de Colombia existen ediles de comunas y ediles de localidades. Se diferencian en que los primeros hacen parte del mapa político de los municipios y los segundos hacen parte de los Distritos.
Marco constitucional, atribuciones
Ejercer las funciones que les deleguen el Concejo y otras autoridades locales. Las Asambleas departamentales podrán organizar Juntas Administradoras para el cumplimiento de las funciones que les señale el acto de su creación en el territorio que este mismo determine.
Formular propuestas de inversión ante las autoridades nacionales, departamentales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión.
Vigilar y controlar la prestación de los servicios municipales en su comuna o corregimiento y las inversiones que se realicen con recursos públicos.
Participar en la elaboración de los planes y programas municipales de desarrollo económico y social y de obras públicas.

Funciones legales relevantes
Ley 136 de 1994, artículo 13:
- Presentar proyectos de acuerdo
- Recomendar impuestos contribuciones
- Fomentar la creación microempresas, famiempresas
- Empresas comunitarias Bancos de tierras
- Escoger la terna para corregidores
- Ejercer, respecto de funcionarios de libre nombramiento y remoción que ejerzan funciones desconcentradas, en la respectiva comuna o corregimiento, los derechos de postulación y veto, conforme con la reglamentación que expida el Concejo local.
- Presentar planes y proyectos de inversión social relativos a su jurisdicción.
- Concepto sobre conveniencia de partidas presupuestales
- Presentar pronunciamiento no vinculante
Honorarios de los ediles
Ley 2086 de 2021,art. 2: los municipios podrán establecer el pago de los honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales (JAL).
• Municipios cuya población sea superior a cien mil (100.000) habitantes, los alcaldes garantizarán la seguridad social en salud y riesgos laborales de los ediles
• La fuente de ingresos de la cual se genera la financiación de los honorarios debe ser de los ingresos corrientes de libre destinación del distrito o municipio.
Desde el año 2022, la Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana paga honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales de Santiago de Cali, en cumplimiento de su misionalidad como encargada de liderar, fomentar, fortalecer los procesos de cultura democrática, participación ciudadana, movilización de nuevos liderazgos y apoyo a los procesos asociativos.
Igualmente, da cumplimiento al Acuerdo 0504 de 2021 “Por el cual se establece el pago de honorarios a los miembros de las juntas administradoras locales en el distrito especial de Santiago de Cali” y a lo dispuesto en el Decreto. 4112.010.20.1057 diciembre 30 de 2021, artículo 10, parágrafo único que señala: “La Secretaria de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana es la responsable de verificar la información suministrada por la Junta Administradora Local y remitir la misma al Departamento Administrativo de Hacienda, para que se adelante el pago de los honorarios respectivos”.

Ediles de Santiago de Cali 2024-2027
Comuna 1.
Fernando Medina Bustamante
Rafaela Gurrute De Guerrero
Henry García Cortes
Arturo Torres Atalivar
Lilia Antuaned Cuasquer Revelo
Alexander Osorio Franco
Julián Plazas Gómez
Karol Valeria Taborda Acuña
Comuna 2.
Adriana Eugenia Reyes Aparicio
Felipe Ángel Primo Villalobos
Martha Lucia Peña Ardila
Mauricio Pineda De Lemos
Jorge Andrés Londoño Barreto
Francisco Bueno Restrepo
Juan Antonio Escobar Gómez
María Judith Sierra Sierra
Absalón Meneses Benavides
Comuna 3.
Juan Fernando Villegas Espada
Paul Stewart Almeida Cortes
Juan Carlos Arias
Miguel Ángel Homen Urbano
Yamileth Gutiérrez Torres
Humberto Eduardo Scafidi Flores
Stephania Benavides Yarpaz
Comuna 4.
Navarro Varela Amparo de Jesús
Stella Molina Almeida
Washington Vallecilla Castro
Muñoz García Johan Andrés
Calderón González Luis Fabio
Miguel Ángel Montenegro Calambas
Comuna 5.
Miguel Ángel Suarez Toro
Rincón Álvarez María Elena
Carlos Enrique Sánchez
Potes Añasco Ana Isabella
Correa Plazas Robert
María Teresa Mueses Pinto
Mejía Palma Katherine
Espitia José Germele
Rodolfo Grueso Holguín
Comuna 6.
John Anderson Home Londoño
Quintero Mosquera Héctor Fabio
Luz Dary Sosa Vargas
Romero Caliz Juan Felipe
Cruz Ortega Henry Alejandro
Rosalba Riascos Erazo
González Quiceno Isabela
Rosas Quiñones Helder
Comuna 7.
Hinestroza Gutiérrez Luis Enrique
Diaz Tobón Jorge Eduardo
Lara Satizabal Doris Nelsy
María Fernanda Valencia Soto
Pérez León Luz Mary
Zorrilla López Oscar Marino
Martínez Idrobo Leydi Tatiana
Ramiro Borrero Aramburo
Comuna 8.
Montoya Muñoz Sonia
Elmer Fernando Bonilla Ramírez
García Alvis Karen Isabela
José Ignacio Moreno Orejuela
Rodríguez Urueña Luis Eduardo
González Rodríguez Vivian Lizeth
Luis Fernando Ceballos Hoyos
Adolfo León González Mosquera
Javier Andrés Montero Zuluaga
Comuna 9.
Carlos Alberto Vidal Realpe
María Isabel Martínez Martínez
Paola Yiovanna Jordán Rugeles
Mónica Ramírez Álvarez
Denis Beatriz Valencia
Bedoya Cuellar Lucia
Marcos Pérez Mera
Delia María Escobar Bonilla
Comuna 10.
Valencia Chara Juan Gabriel
Pilimur Sandoval Margoth
Sandoval Reinel Carlos Humberto
Ernesto Cuervo Cortes
Evelyn Valentina Pazmiño Rojas
Jaime Montoya
Sánchez Chacón Nancy Beatriz
Luz Nancy Castillo Quijano
Rosa Elena Rengifo González
Comuna 11.
Angulo Calle Aldemar
Beltrán Mejía Brayan Fernando
Ortiz Orejuela Carlos Julio
Margarita María Bejarano García
Tegue Lucumi Adán
Quintana García Jair Alberto
Nancy Velásquez Orozco
Palomino Vásquez Lucy Esperanza
Comuna 12.
Katherine Loaiza Burbano
Soraya Escobar Marín
Rodrigo Maya Londoño
Suarez Gutiérrez Geisha Arcelia
Isabel Cristina Ramos Lourido
Ilia Hortensia López Rodríguez
Muñoz Cárdenas Antonio
William Ramírez Cruz
Talaga Muelas José Raúl
Comuna 13.
Catacoly Valencia Libia
Collazos Solorzano Freddy Eduardo
Jovel Salas Miryan
Guerrero Oliveros Nidia Concepción
William Agredo Guampe
Javier Valderrama Zúñiga
Mina Tenorio Carmen Sofia
Wilber Ocoro Canchimbo
Salazar Caicedo Diana Patricia
Comuna 14.
Melquisedec Rueda Castellanos
Irma Álvarez
José Alexander Mejía Franco
Víctor Alfonso Villareal Rodríguez
Felisa Gómez Moreno
María Doria Jaramillo Valencia
Yuli Andrea Lucumí Lucumí
Luis Gustavo Cortes Angulo
Pedro Daniel Landázuri Moreno.
Comuna 15.
Rodríguez Leidy Maritza
Carolina Lasso Córdoba
Víctor Mario Rentería Martínez
Abadía Castro Liliana Patricia
Dilson Torres García
Bladimir Felipe Pomar Morales
Julio Cesar Pulido García
Cuero Caicedo María Natacha
Murillo Marmolejo Juan Evangelista
Comuna 16.
Gloria Rojas
Barona Nañez Geovanny
José Fredy Sandoval Tobar
María Elina Rodríguez Viuda De Guerrero
Fuentes Silva Luz Enid
Hurtado Micolta Josué
Soto Ramírez Julio Cesar
Tobón Gómez Lucero
Comuna 17.
Parra Escarria Anthony
Mendoza García Juliana Alejandra
María Claudia Hernández Torres
Serrano Tello Juan Manuel
Salgado Mazuera Neyla Mary
González Torres Miguel Santiago
Samuel Rincón Betancourt
Estupiñán Diaz Angie Del Carmen
López Jiménez Diana
Comuna 18.
López Tapiero Carlos Alfredo
Salazar Quintana Wilmer Alexander
Jhon Anderson Domínguez Perafán
Manuel Alejandro Pazos Arcila
Casanova Castillo Luz Elvira
Agudelo Cardozo Luis Carlos
Sandra Vallejo Ramírez
Comuna 19.
Carlos Eduardo Ortiz González
Bequer Bahuer Indico
Ángel Salazar Víctor Manuel
Mora Perdomo Julián Andrés
Escobar Bolaños Jesús Gerardo
Zúñiga Saa Jorge Humberto
Lida Alban Espinosa
León Cárdenas Diana Marcela
Comuna 20.
Bernal Arciniegas Luis Eduardo
Chambo Alvarado Hernando Alirio
Barbosa Ortiz Oscar Emilio
Paola Andrea Burbano
Guzmán García German Alberto
Muñoz Campo Paola Andrea
Comuna 21.
Perea Plazas Cristhian Stivens
Jiménez Narváez Nayibe
Nohemy Chavaco Itaz
Bolívar Capote Yonathan
Cristiano Valcárcel María Placida
Cuestas Fory Martha Lucia
Guevara Chito Víctor Herney
Comuna 22.
Vidal González Mario Iván
Gañan Murillo María Del Pilar
Valbuena Lombana Juan Pablo
Trejos Sierra Carolina
Sierra Correal Amalia
Caicedo Ramos Juan Pablo
Porras Gutiérrez Gerardo
Ceballos Lindo Gloria
Caicedo Hidalgo Santiago
Corregimientos
Montebello.
Alba Luisa Tobar Benavides
Luis Alfonso Álvarez Pérez
Flor Idelma Cardona
Miguel Ángel Muñoz Collazos
María Liliana Gonzales Mora
Gloria Cecilia Restrepo Agudelo
Rubio Lasso Ojeda Older
Berenice Álvarez Baos
María Eneida Cortes Sevillano
El Saladito
Luz Consuelo Ruiz Paz
Darío Ramírez Moncada
Elizabeth Braco Ibarra
Jorge Hernando Basante Urbano
Javier Vallejo Arévalo
Fanny del Socorro Díaz
José Fiuller Burbano Pineda
Lyda Mercedes Ruiz Pipicano
Ana Beleny Ortega Hoyos
Navarro
Castañeda Quiñones Soledad
Miranda Gutiérrez Cleotilde
Caicedo Doly
German Martínez Cuellar
María Libia Muñoz Martínez
Hurtado Blandón Carlos Alberto
Tenorio Escobar José Luis
Hurtado Cundumi María Targelia
Luz Adriana Rodríguez Fernández
El Hormiguero.
Eider Hurtado Molina
Morales De Fernández Judith Del Pilar
Charria Girón Samuel
María Eugenia Zorrilla Sanguinetti
Aragón Alexandra
Mosquera Vergara Rosalía
Pance
Villa Ospina Barlaham
Escobar Naranjo Silvio
Guzmán Rocha Francia Marbey
Vicente Olave Diaz
Halaby Mafla Fernando Samir
Velasco Tafur Ximena Fernanda
Alirio Silva López
La Buitrera
Moreno Rosa Elena
Trejo Delgado María Dolores
Ana Del Pilar Rojas Correa
Ingrid Paola Gallegos Ramos
Oscar Rodríguez López
José Arnaldo Rodríguez Palma
Franco Marín María Fernanda
Poveda Ortegón Carlos Manuel
Moncada Murillo Millerladiz
Villacarmelo.
Fernández Calambas Liliana
Chica Torres Andrés Felipe
Escobar Patiño Geovanny
Hidalgo Tezna Yinson Milton
María Eugenia Ojeda Cabrera
María Fernanda Caicedo Valles
Patiño Patiño María Omaira
Jeannette Del Carmen Sánchez Arenas
Los Andes.
Cadena Meneses Angie Vanessa
Quiñonez Córdoba Eduar Alonso
López Tombe Lyda
Astaiza Loaiza Laura
Chimachana Benavides Harold
Montes Zambrano Edgar Edmundo
Claudia Emilia Ríos Uribe
Ricardo Narváez Hernández
Pichinde.
Hurtado Tenorio María Helena
Mauricio Lozano Vargas
Mosquera Fernando
Rodríguez Muñoz Jorge Luis
Bolaños Carlosama Eimar Andrés
Gaviria Cerón Francisco Antonio
Lozano Escamilla Patricia
Uriel Francisco Gómez Vivas
Miguel Ángel Fonseca Rodríguez
La Leonera.
Plaza Gaviria Ruby Zobeida
Campos Vega María Del Rosario
Gómez Muñoz Dora Lilia
Muñoz Arcos John Jairo
Félix Páez Rodríguez
Edgar Armando Ñañez Gómez
Judith Andrea Martínez Hernández
Arbey Benavides Argote
Jhony Wilson Pérez Yepes.
Felidia.
Ronald Alexander Paz Sánchez
Maritza Jaramillo Arévalo
Miguel Jesús Ortega Martínez
Roció Sánchez Jiménez
Alfonso Benavides
Jorge Andrés Sandoval Chicaiza
Montes Beltrán Leonardo
Flórez Paramo Jessica Tatiana
Sánchez Gómez William Andrés
La Elvira.
Ruiz Girón Luis Alonso
Galíndez Diego
Ruiz Muños Neida
Guacheta León Guillermo
Gómez Jurado Carlos Eduardo
Mellizo Hoyos Jeferson
Ortiz Melo Holman Andrés
Hoyos Escobar Fernely
Ana Milena González Perafan
La Castilla.
Solarte Ramírez Hugo Manuel
Gómez Ruiz Graciela
Gómez Calderón Verónica
Gómez Rojas Jairo
John Freddy Balcázar Jaramillo
Neftalí Fernández Gómez
Diana Carolina Ramírez Ricaute
María Julieth Salamanca Chantre
La Paz
Libardo Montaño Salamanca
Gilder Alindez Hoyos
Martin Rengifo Villamil
Ayda Rengifo Campo
Eder Fernando Arias González
María Mirian Ceballos Jiménez
María Fernanda Ramírez Guampe
Golondrinas.
Henry Morales
Jairo Javier Tapia
María Rosalba Arias Cañas
Jesús Arles Saavedra Yalanda
Jhonatan Vélez Manso
Guillermo Montenegro
Diose Gutiérrez Gutiérrez
José Orlando Valencia Jurado
Dulfery Gordillo Quintero

Normatividad asociada
A continuación se presentan las normativas relacionadas con la administración municipal, JAL, participación ciudadana, entre otros, soporte de estas instancias de participación ciudadana:
- Ley 2086 de 2021. Por la cual se autoriza el reconocimiento de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales.
- Ley 1757 de 2015. Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática.
- Ley 1551 de 2012. Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.
- Ley 136 de 1994. Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios (Artículos 119 y siguientes).
- Ley 11 de 1986. Por la cual se dicta el Estatuto Básico de la Administración Municipal y se ordena la participación de la comunidad en el manejo de los asuntos locales.
Fecha de publicación 13/08/2019
Última modificación 22/11/2024