Normatividad


En el marco del MIPG, la Gestión del Conocimiento y la innovación corresponde a la sexta dimensión, la cual fortalece de manera transversal a las demás Dimensiones (Talento Humano, Direccionamiento Estratégico y Planeación, Gestión con Valores para Resultados, Evaluación de Resultados, Información y Comunicación y Control Interno), en cuanto el conocimiento que se genera o produce en una entidad es clave dentro del proceso de aprendizaje y evolución de la misma.
Además, dinamiza el ciclo de política pública, facilita el aprendizaje y la adaptación a nuevas tecnologías, conecta el conocimiento entre los servidores y dependencias, y promueve buenas prácticas de gestión.

(Daniel Zamorano)

Fuente: guía para la implementación de la gestión del conocimiento y la innovación en el marco del modelo integrado de planeación y gestión (MIPG). Figura 4. Página 18.

 

Relación con la dimensión del talento humano (TH) del MIPG:
La Gestión del Conocimiento y la Innovación (GCI) guarda estrecha relación con la dimensión del TH, debido que esta última es la encargada de administrar el conocimiento tácito y explícito de la entidad, lo que permite el desarrollo de capacidades y competencias de los servidores públicos por medio de la formación y capacitación como base del aprendizaje y la materialización de procesos innovadores en las entidades.

De acuerdo con la Guía de Gestión Estratégica del Talento Humano, “(...) es crucial conocer y atender cada uno de los subcomponentes del ciclo de vida del servidor público para saber cómo planificar mejor la gestión” (Función Pública, 2018b, p.58).

Ciclo de vida del TH:

1.Ingreso de TH:
La GCI está presente en el momento de ingreso del servidor público a la entidad para la identificación de sus conocimientos, habilidades, competencias y experiencia que pueden aplicarse en el desempeño del cargo; así como sus necesidades frente a saberes y conocimientos fundamentales para el desempeño de su labor. Para, posteriormente, promover el perfeccionamiento de las competencias para la capacitación y formación del TH.

2.Desarrollo de las labores:
En esta fase, la GCI se encarga de actualizar, construir y evaluar saberes del TH con el propósito de mejorar las competencias del personal y así alcanzar los objetivos institucionales.

3.Retiro:
En el momento en que un servidor público se desvincula de la entidad, la GCI se encarga de documentar su experiencia y trabajo, con el objetivo de aprovechar y compartir, con los servidores actuales y nuevos, las lecciones aprendidas y las buenas prácticas laborales adquiridas durante su permanencia en la entidad, y mitigar la fuga de conocimiento.

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Fuente: lineamiento técnico de gestión del conocimiento y la innovación. Dirección de Gestión del Conocimiento. Oct 2020. P.24.

 

LEY 9 DE 1979, art. 480:
“La información epidemiológica es obligatoria para todas las personas naturales o jurídicas, residentes o establecidas en el territorio nacional, dentro de los términos de responsabilidad, clasificación, periodicidad, destino y claridad que reglamente el Ministerio de Salud.”

LEY 715 DE 2001, art. 42,6:
Que dentro de las competencias en Salud por parte de la Nación está: “definir, diseñar, reglamentar, implantar y administrar el sistema integral de información en salud y el sistema de vigilancia en salud pública, con la participación de las entidades territoriales.”

LEY 1122 DE 2007, art: 44:
“El Ministerio de la Protección Social definirá el plan de implementación del Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO).”

LEY 1438 DE 2011, art 112:
“Articulación del Sistema de Información: el Ministerio de la Protección Social, a través del Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO), articulará el manejo y será el responsable de la administración de la información”.

DECRETO 930 2022:
“Por el cual se adopta el lineamiento técnico del Departamento Administrativo de la Función Pública, para la implementación de la dimensión y política de la gestión del conocimiento y la innovación en forma sistémica y transversal en la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali y se dictan otras dimensiones”.

DECRETO 578 DE 2023:
“Por el cual se conforma el Comité técnico y el equipo de trabajo operativo para articular las acciones e implementar la gestión del conocimiento y la innovación del modelo integrado de planeación y gestión (MIPG) de la Administración Distrital de Santiago de Cali y se dictan otras dimensiones”.

Plan Decenal de Salud Pública (PDSP) 2012-2021 VS Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031

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Política Pública en Ciencia, Tecnología e Innovación adoptada por el Distrito de Cali.

Nombre:
Resolucion 2378 de 2008.pdf 0.82Mb 19/12/2024
Descripción:

Resolución 2378 de 2008. Buenas Prácticas Clínicas para la investigación con medicamentos en seres humanos.


Nombre:
Resolucion-8430 de 1993.pdf 0.08Mb 19/12/2024
Descripción:

Resolución 8430 de 1993. Las normas científicas, técnicas y administrativas para la investigación en salud.


Nombre:
Acuerdo 0565 de 2023.pdf 0.95Mb 24/09/2024
Descripción:

Acuerdo 0565 de 2023. Por el cual se adopta la "Política publica de ciencia, tecnología e innovación" y se dictan otras disposiciones ".


Nombre:
Decreto 0682 de 2023 Consejo Municipal de CTeI.pdf 0.12Mb 24/09/2024
Descripción:

Decreto 0682 de 2023 Consejo Municipal de CTeI. Por el cual se adiciona el Articulo Tercero del Decreto No. 411.0.20.0421 de junio 17 de 2015.


Nombre:
Documento Técnico Política Publica CTeI VF Adoptada.pdf 6.79Mb 24/09/2024
Descripción:

Documento Técnico Política Publica Ciencia, Tecnología e Innovación Adoptada.


 

 

 

 


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Fecha de publicación 15/07/2024
Última modificación 19/12/2024
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