Grupo de Gestión Integral de Garantía de la Calidad en los Servicios de Salud
Desde este subproceso se gestionar el cumplimiento del Sistema Obligatorio de la Garantía de la Calidad en Salud, a través de acciones de Inspección Vigilancia y Control a los componentes del Sistema Único de Habilitación, la auditoría a la prestación de servicios, la auditoría al cumplimiento de las obligaciones normativas de las EAPB, el monitoreo al Programa de Auditoría de Mejoramiento de la Calidad y Sistemas de Información a Prestadores de Servicios de Salud y la asistencia técnica, con el fin de contribuir a la calidad y eficiencia en la prestación de servicios de salud en el Distrito de Santiago de Cali.
Los siguientes son los procedimientos caracterizados dentro de la Gestión Integral de Garantía de la Calidad en los Servicios de Salud.
- Verificación de condiciones de habilitación a los prestadores de servicios de salud en el Distrito de Santiago de Cali.
- Auditoría a la prestación de servicios de salud en las IPS públicas y privadas del Distrito de Santiago de Cali.
- Auditoría al cumplimiento de las obligaciones normativas de las EAPB habilitadas en el Distrito de Santiago de Cali.
- Monitoreo al Programa de Auditoría de Mejoramiento de la Calidad y Sistemas de Información a Prestadores de Servicios de Salud del Distrito de Santiago de Cali.
- Asistencia técnica en el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud a IPS y EAPB del Distrito de Santiago de Cali.
1. Verificación de condiciones de habilitación a los prestadores de servicios de salud en el Distrito de Santiago de Cali.
- Habilitación de prestadores de servicios de salud.
- Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud.
2. Auditoría a la prestación de servicios de salud en las IPS públicas y privadas del Distrito de Santiago de Cali.
La atención en salud, se define como el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones asistenciales en las fases de promoción y prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se prestan a los usuarios en instituciones prestadoras de servicios de salud, las cuales deben disponer de una infraestructura física que cumpla con los estándares de habilitación requeridos para cada servicio, según lo dispuesto en el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad. Estos servicios deben ser suficientes y necesarios para reducir los principales riesgos que amenazan la vida o la salud de los usuarios en el marco de la prestación del servicio de salud.
La normatividad vigente establece que los entes territoriales distritales deben monitorear y brindar asistencia técnica con el propósito de implementar la auditoria para el mejoramiento de la calidad de la atención de salud en los prestadores de servicios de su jurisdicción; por lo cual nace el procedimiento de auditoría a la prestación de servicios en IPS públicas y privadas, proponiendo un proceso sistemático y permanente que evalúa la calidad de la atención prestada a los usuarios del Sistema de Salud, verificando el cumplimiento de atributos de la calidad como: accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia, continuidad y aceptabilidad.
Es así como se realiza un monitoreo continuo a la prestación de servicios de salud a través de la inspección, vigilancia y asistencia técnica a las IPS públicas y privadas de Santiago de Cali, las cuales se priorizan de acuerdo a las necesidades identificadas, quejas presentadas por los usuarios en el Servicio de Atención a la Comunidad, IPS con servicios de urgencias, IPS con reporte de casos de mortalidad por eventos de interés en salud pública, IPS pertenecientes a la red de prestación de servicios de salud de las EAPB inscritas en el Distrito, entre otros que se consideren relevantes para la vigencia.
Dentro de este procedimiento, se realiza seguimiento a los programas de tecnovigilancia, farmacovigilancia y reactivovigilancia a las IPS, profesionales independientes o instituciones con objeto social diferente en el Distrito de Santiago de Cali, verificando su implementación, consolidando el reporte de eventos o incidentes adversos y enviando la información oportunamente al INVIMA; entidad responsable de iniciar proceso de investigación, en acompañamiento de la Secretaría Distrital de Salud, en el caso de presentarse eventos adversos serios en las instituciones que pongan en riesgo la seguridad del paciente.
Ante cualquier duda con respecto a la elaboración e implementación de los programas de tecnovigilancia, reactivovigilancia y farmacovigilancia en las instituciones, se cuenta con los siguientes canales de comunicación:
- tecnovigilancia@cali.gov.co
- reactivovigilancia@cali.gov.co
- farmacovigilancia@cali.gov.co
- Farmacovigilancia
- Tecnovigilancia
3. Monitoreo al Programa de Auditoría de Mejoramiento de la Calidad y Sistemas de Información a Prestadores de Servicios de Salud del Distrito de Santiago de Cali.
El Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad - PAMEC y el Sistema de Información para la Calidad - SIC, hacen parte de los componentes del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad – SOGC; estos proporcionan una herramienta sistemática y continúa para mejorar los atributos de la Calidad dentro de las organizaciones involucradas con el aseguramiento y atención en salud; la Secretaría de Salud Pública a través realiza Inspección, Vigilancia y Control de estos dos componentes en los prestadores de servicios de Salud, complementando su rol de rectoría en salud con un proceso de asistencia técnica en las instituciones.
4. Auditoría al cumplimiento de las obligaciones normativas de las EAPB habilitadas en el Distrito de Santiago de Cali.
Con el propósito de velar por el cumplimiento de las obligaciones de las EAPB con sus afiliados y garantizar procesos continuos de mejoramiento en la prestación de servicios de salud; la Secretaria de Salud Pública, con la participación de un equipo interdisciplinario, realiza inspección y vigilancia a las EAPB habilitadas en Santiago de Cali, mediante la planeación y ejecución de un plan de auditoría, priorizando componentes que son previamente identificados a través de insumos obtenidos de la articulación con otros actores del sector salud.
Asimismo, atendiendo los lineamientos emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud a través de la Circular Externa 000001, en donde se establece que las entidades territoriales deben implementar la Guía de Auditoría (metodología GAUDI) que orienta el ejercicio de manera estandarizada, uniforme, conjunta y articulada, así como el cargue de información, se estructuran componentes, estándares, criterios a auditar, modo de verificación, situación evidenciada y normas presuntamente infringidas, dentro de las dimensiones del aseguramiento y la prestación de servicios de salud; los cuales tienen como propósito orientar las actuaciones de las EAPB frente al cumplimiento de las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
El proceso de verificación se estructura mediante una notificación previa a la entidad, la realización de la auditoría in situ, el reporte de información a la Superintendencia Nacional de Salud y el seguimiento a las acciones de mejoramiento definidas por la entidad para el cierre de brechas en la prestación de los servicios.
Dentro de este procedimiento se determina el cumplimiento de los estándares y criterios de entrada para autorizar la expedición de la constancia de habilitación de las RIPSS en el módulo de redes del Ministerio de Salud y Protección Social, validando que los prestadores registrados por la EAPB, estén inscritos y los servicios u organizaciones funcionales de servicios de salud habilitados en el REPS, así como presentar la propuesta al Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud y realizar la verificación de los componentes en conjunto con la Superintendencia Nacional de Salud.
5. Asistencia técnica en el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud a IPS y EAPB del Distrito de Santiago de Cali.
Es el procedimiento mediante el cual se brinda información, acompaña e instruye en las políticas y normas competencia de la Secretaría de Salud Pública para mejorar la gestión de los diferentes actores, en el cumplimiento de los lineamientos y normatividad aplicable a través de las diferentes actividades definidas con antelación, bajo un cronograma previamente establecido y concertado entre las partes.
Se orienta al desarrollo de capacidades en las personas, las organizaciones y la comunidad, a fin de contribuir al logro de la gestión territorial y en alcanzar los resultados en salud esperados; mediante asesoría, cooperación- acompañamiento técnico y capacitación, en trabajo conjunto con los actores involucrados. Parte de la identificación de las necesidades y oportunidades propias, reconociendo competencias existentes, para generar procesos de concertación y transformaciones sostenibles.
- Canales de Atención: Otros temas relacionados con el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud: aseguramiento.salud@cali.gov.co
- Sistema Único de Habilitación: habilitación.salud@cali.gov.co Tel:6024865555 opción 8
- PAMEC, Sistema de Información para la Calidad: pamec.salud@cali.gov.co
- Seguridad del paciente : seguridaddelpaciente@cali.gov.co
- Otros temas relacionados con el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud: aseguramiento.salud@cali.gov.co
- Secretaría Distrital de Salud de Santiago de Cali, Calle 4b # 36-00 barrio San Fernando.
- Ante cualquier duda con respecto a la elaboración e implementación de los programas de tecnovigilancia, reactivovigilancia y farmacovigilancia en las instituciones, se cuenta con los siguientes canales de comunicación: tecnovigilancia@cali.gov.co, reactivovigilancia@cali.gov.co, farmacovigilancia@cali.gov.co
6. Emisión de licencias de práctica médica para equipos de radiación ionizante.
Teniendo en cuenta la Resolución 482 de 2018 “Por la cual se reglamenta el uso de equipos generadores de radiación ionizante, su control de calidad, la prestación de servicios de protección radiológica y se dictan otras disposiciones”, la Secretaría de Salud Pública emite las licencias de práctica médica para el uso de estos equipos, de esta manera:
Categoría I: vigencia de 5 años
- Radiología odontológica periapical
- Densitometría ósea.
Categoría II: vigencia de 4 años
- Radioterapia
- Radiodiagnóstico de alta complejidad
- Radiodiagnóstico de media complejidad
- Radiodiagnóstico de baja complejidad
- Radiografías odontológicas panorámicas y tomografías orales
Las solicitudes de renovación o expedición de nueva licencia se tramitan ante la Secretaría de Salud Pública de Santiago de Cali, con una antelación no inferior a sesenta (60) días hábiles al vencimiento de la licencia previamente otorgada. Para la Categoría II, este organismo, realizará visita de verificación de requisitos con enfoque de riesgo.
7. Seguridad del paciente:
La Secretaria de Salud Pública realiza monitoreo y seguimiento a la Política de Seguridad del Paciente en las IPS públicas y privadas, de esta manera, desde el organismo se lidera el Comité de Seguridad del Paciente, llevando a cabo asistencia técnica en este atributo del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad.
Estas acciones, tienen como propósito definir lineamientos técnicos y metodológicos que contribuyan a fortalecer la seguridad del paciente y su sistema de información de eventos adversos en las instituciones. En el comité se han socializado los avances que se tiene respecto al despliegue de la seguridad del paciente y gestión del evento adverso, lo que ha permitido hacer una retroalimentación de prácticas y saberes para mejorar los servicios de salud.
- Lineamientos Ministerio de Salud y Protección Social.
- Memorias Simposio Nacional de Seguridad del Paciente.
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Fecha de publicación 26/04/2023
Última modificación 26/04/2023
Fecha de publicación 26/04/2023
Última modificación 26/04/2023