| Instancias |
Descripción |
Funciones |
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CONSEJO DE SEGURIDAD
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Espacio de coordinación, intercambio de información y análisis, que apoya la labor de los mandatarios en sus decisiones para la gestión territorial de la convivencia y la seguridad. |
» Atender los conflictos en la entidad territorial.
» Prevenir y dar respuesta a factores que perturban el orden público.
» Evaluar y hacer seguimiento a los planes de seguridad.
» Fortalecer la participación ciudadana.
» Proteger los derechos humanos.
» Promover los deberes ciudadanos en convivencia.
» Intercambiar información entre organismos.
» Coordinar recursos y definir acciones
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COMITE TERRITORIAL DE ORDEN PUBLICO
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Es un escenario de coordinación interinstitucional para la convivencia y seguridad ciudadana, con funciones de planeación, aprobación y seguimiento a al Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana. |
» Coordinar el empleo de la fuerza pública
» Aprobar el Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
» Preparar el Plan Anual de Inversiones del fondo cuenta - Ley 418 de 1997.
» Implementar el Sistema SIES.
» Aprobar y hacer seguimiento a los aportes de particulares para proyectos y programas específicos de seguridad y convivencia ciudadana.
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COMITE CIVIL DE CONVIVENCIA
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Instancia para la veeduría de las acciones relacionadas con la función y la actividad de Policía en cada municipio y distrito. |
» Analizar hechos y fenómenos que afectan la convivencia.
» Tramitar las quejas, denuncias, peticiones, y reconocimientos reportados en relación con la función y la actividad de Policía, priorizando los casos relacionados con intereses colectivos.
» Promover campañas de información sobre los derechos, deberes y garantías de los ciudadanos frente a las actividades de Policía.
» Emitir recomendaciones para mejorar la función y la actividad de Policía, además de garantizar la transparencia en el ejercicio de sus funciones.
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CONSEJO DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
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Cuerpo consultivo y de toma de decisiones en materia de prevención y reacción ante problemas relacionados con la seguridad y convivencia ciudadana. Este se diferencia del Consejo de Seguridad antes mencionado en cuanto es creado por el Código Nacional de Seguridad y Convivencia para el seguimiento de su aplicación. De igual forma se pueden dar a nivel nacional, regional, departamental, distrital, municipal y metropolitano |
» Generar dinámicas de coordinación interinstitucional en seguridad y convivencia en los espacios públicos y privados del territorio.
» Planear los asuntos de convivencia y seguridad mediante la formulación estratégica, presupuestal y operativa de las instancias participantes.
» Implementar y obtener resultados de estrategias, programas, proyectos y acciones tomadas por el Consejo.
» Administrar y velar por la ejecución correcta del fondo obtenido por concepto de multas establecidas en la Ley 1801 de 2016. Contribuir al diseño y evaluación del PISCC.
» Elaborar el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI).
» Revisar y verificar la coherencia, correspondencia y complementariedad, con los otros instrumentos de planeación estratégica en asuntos de seguridad y convivencia.
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Fecha de publicación 24/07/2023
Última modificación 17/06/2024