Subsidio Distrital de Vivienda


Trámite    Subsidio Distrital de Vivienda

 

 

Objetivo: Obtener aporte en dinero o en especie otorgado por una sola vez al beneficiario sin cargo de restitución por parte de este, el que constituye un complemento a su esfuerzo propio y/o al Subsidio Familiar de Vivienda

 

Documentos:

 

  • Formato POSTULACIÓN AL SUBSIDIO DISTRITAL DE VIVIENDA MMDS01.02.03.P001.F001

 

Para descargar el formato de la solicitud, ingrese al DARUMA en el siguiente enlace. https://sig.cali.gov.co/app.php/staff/document/viewPublic?index=1746 

 

 

  • Carta de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda otorgado a nivel nacional.

Anotaciones adicionales: Emitida por el Fondo Nacional de Vivienda o Caja de Compensación Familiar. Excepción: Para mayores de 7 años y  menores de 18 años.

 

  • Tarjeta de identidad. (Fotocopia)

Excepción: Para mayores de 7 años y menores de 18 años.

 

  • Cédula de ciudadanía. (Fotocopia)

Anotaciones adicionales: De los integrantes del hogar postulante, comprador, vendedor y esposa y/o compañera permanente, según la modalidad de subsidio pretendida.

 

  • Registro civil de nacimiento. (Fotocopia)

Excepción: Para menores de 7 años.

 

  • Registro civil de matrimonio. (Fotocopia)

Excepción: Para el caso de hogares conformados por cónyuges.

 

  • Declaración de unión marital de hecho. (Fotocopia)

Excepción 5: Para el caso de hogares conformados por uniones maritales de hecho, incluyendo las parejas del mismo sexo, y/o el grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil.

 

  • Formato de declaración de ingresos como independiente Indicando ingresos para el caso de los integrantes del hogar que se encuentren laborando como independiente o informal

 

  • Carta laboral.  (Fotocopia)

Anotaciones adicionales: Indicando ingresos para el caso de los integrantes del hogar que se encuentren laborando. Excepción: Para el caso de vivienda nueva o usada.

 

  • Documento que demuestre el ahorro programado AVC, cesantías inmovilizada  AFC  o crédito bancario aprobado con lo cual se indique el esfuerzo propio 

Anotaciones adicionales: O aportes que demuestren el cierre financiero de la solución de vivienda a adquirir.

Excepción: Cuando se trate de subsidio para compra de vivienda nueva o usada.

 

 

  • Acta de restitución del bien de uso público. (Fotocopia)

Anotaciones adicionales: Sobre el cual recae la fuerza mayor o el caso fortuito.

Excepción: Para subsidio Municipal de vivienda en la modalidad de Arrendamiento.

 

  • Certificado de vecindad     

Documento que demuestra la residencia en Santiago de Cali mínimo por 5 años expedido por la entidad competente    

 

Condiciones:

 

  1. Encontrarse la solución habitacional a la cual se aplique el subsidio en los rangos de salarios mínimos permitidos. Para vivienda de interés prioritario 
  2. Acreditar residencia en el Municipio de Santiago de Cali, por un período no inferior a cinco (5) años por parte del jefe de hogar.
  3. Demostrar que el hogar no ha sido beneficiario del Subsidio Municipal de Vivienda. Cuando se trate de subsidio para vivienda nueva o usada. 
  4. Pertenecer a uno de los siguientes grupos poblacionales: Hogares Víctimas del conflicto, Hogares de Personas acreditadas como desmovilizadas y reincorporados o ser beneficiario del subsidio familiar de vivienda asignado por el gobierno Nacional o las cajas de compensación familiar.
  5. Acreditar que el sector donde está ubicada la vivienda cuente con regularización vial y urbanística debidamente aprobada, para los casos de mejoramiento de vivienda.
  6. Estar registrado en la base de datos de las entidades u organismos competentes de acuerdo al hecho generador de la fuerza mayor, el caso fortuito o el proceso de re ubicación cuando así lo determine el fondo especial de vivienda. Para aplicar al subsidio distrital de vivienda en la modalidad de Arrendamiento
  7. Que el hogar acredite ingresos familiares iguales o inferiores a cuatro (4) SMMLV para vivienda de interés prioritario VIP y para vivienda de interés social –VIS
  8. Que alguno de los miembros del Hogar no sea propietario o poseedor de una vivienda, salvo que la misma hubiere quedado completamente destruida o inhabitable por razones de fuerza mayor o caso fortuito.
  9. Tratándose de población víctima de conflicto debe encontrarse debidamente registrado en el Registro Único de Víctima (RUV), tratándose de desmovilizados debe encontrarse debidamente registrado en ARN o quien haga sus veces.
  10. Contar con el cierre financiero, en aquellos eventos en que la sumatoria de los subsidios de vivienda otorgado por las entidades competentes entre sí o junto con otros recursos complementarios aportados por cualquier persona natural o jurídica, no sea suficiente para lograr el cierre financiero de la vivienda

 

 

 


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Fecha de publicación 28/07/2016
Última modificación 10/12/2024
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