Glosario
EVENTO.
Eventos de interés en salud pública.
Aquellos eventos considerados como importantes o trascendentes para la salud colectiva por parte del Ministerio de la Protección Social, teniendo en cuenta criterios de frecuencia, gravedad, comportamiento epidemiológico, posibilidades de prevención, costo-efectividad de las intervenciones, e interés público; que además, requieren ser enfrentados con medidas de salud pública. Fuente: Superintendencia de Salud (www.supersalud.gov.co), Circular Externa No. 049 de 2008
Evidencia de la auditoria.
Registros, declaraciones de hechos o cualquier otra que son pertinentes para los criterios de auditoria y que son verificables.
Evidencia física.
Todo aquel elemento que se encuentra en la escena, sea perceptible por los sentidos o con ayuda técnica.
Evidencias.
Prueba inobjetable que demuestra que los productos, servicios o comportamientos del empleado corresponden o no a lo esperado. Las evidencias consisten en productos, registros, declaraciones de hechos o cualquier otra información verificable que sea pertinente para los propósitos de la auditoría.
Excepciones.
Titulo o motivo jurídico que el demandado alega para hacer ineficaz la acción del demandante; como el pago de la deuda, la prescripción del dominio, etc..
Exclusión.
Negar la posibilidad de cierta cosa. Quitar a una persona o cosa del lugar en el que le correspondería estar o figurar.
Exclusiones.
Son todas aquellas actividades, procedimientos, intervenciones y guías de atención integral que no tengan por objeto contribuir al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad y aquellos que sean considerados como cosméticos, estéticos o suntuarios, excluidas del Plan Obligatorio de Salud. Fuente: Superintendencia de Salud (www.supersalud.gov.co), Circular Externa No. 049 de 2008
Exoneración.
Dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, concedida por el Poder Ejecutivo, en los casos autorizados por la Ley.
Expediente Municipal
Con el objeto de contar con un sistema de información municipal que sustente los diagnósticos y la definición de políticas, así como la formulación de planes, programas y proyectos de ordenamiento espacial del territorio, el municipio debe organizar un expediente, conformado por documentos, planos e información georreferenciada, acerca de su organización territorial. (Tomado del artículo 525 del Plan de Ordenamiento Territorial de Santiago de Cali – Acuerdo 373 de 2014).